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Comedor Escolar

 

COMEDOR ESCOLAR Curso 2017/18

 

  1. CRITERIOS DE ADMISIÓN:

El Comedor del CEIP Juan Ramón Jiménez dispone de 125 plazas autorizadas.

Normativa: Nos acogemos al nuevo Decreto 6/2017, de 16 de enero, por el que se regulan los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares,  así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la  Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar. Éste establece en su artículo 15.2

En los centros docentes públicos en los que se autorice el servicio de comedor escolar, la prestación del mismo quedará garantizada para el alumnado en los siguientes casos, salvo el supuesto previsto en el artículo 6.2:

  1. a) Cuando el alumno o la alumna esté obligado a desplazarse fuera de su localidad…..
  2. b) Cuando el alumno o la alumna se encuentre en situación de dificultad social extrema…
  3. c) Cuando quienes ostenten la guarda y custodia del alumno o alumna realicen una actividad laboral o profesional remunerada que justifique la imposibilidad de atenderlo en el horario establecido para la prestación del servicio.
  4. d) Cuando quienes ostenten la guarda y custodia del alumno o alumna se encuentren en situación de dependencia…

 

Se aceptan todas las solicitudes, pero si el número de Comensales supera esta cifra, la admisión de los usuarios, se realizará de acuerdo con el orden de preferencia que establece la Orden del 17 de abril de 2017, por la que se regulan los servicios complementarios Comedor, Aula Matinal y Actividades

 

  1. En los servicios complementarios de aula matinal y comedor escolar, una vez

garantizada la admisión del alumnado al que se refieren los artículos 11.2 y 15.2 del

Decreto 6/2017, 16 de enero, para la adjudicación, en su caso, del resto de plazas cuando

existan más solicitudes que plazas vacantes, tendrán prioridad en la admisión:

 

  1. Las solicitudes de aquel alumnado en las que una de las personas que ostenta la

guarda y custodia realice una actividad laboral o profesional remunerada o curse estudios conducentes a una titulación académica oficial que justifique la imposibilidad de atenderlo en el horario establecido para la prestación del servicio.

  1. Las solicitudes de aquel alumnado que solicite los servicios para todos los días

lectivos de la semana.

  1. c) El resto del alumnado solicitante de los servicios.

 

  1. En caso que no se pueda atender al alumnado incluido en los puntos anteriores, la admisión se regirá por los siguientes criterios:
    • El alumnado solicitante que haya sido usuario del servicio de Comedor en el curso anterior.
    • El alumnado de menor edad..

El orden de admisión se decidirá aplicando con carácter sucesivo los anteriores criterios y si fuese necesario, se realizará un sorteo público ante el Consejo Escolar del Centro.

  1. En cualquier caso, cuando sea admitido un solicitante, serán admitidos también los hermanos/as que hayan solicitado el servicio del Comedor Escolar.

 

  1. ATENCIÓN AL ALUMNADO EN EL COMEDOR ESCOLAR

La atención al alumnado en el Comedor E. se llevará a cabo con el personal laboral del centro que tenga recogida esta función en el convenio colectivo del personal laboral, así como por el personal funcionario docente del Centro que determine la persona que ejerza la dirección del mismo entre los que lo soliciten.

            En caso de no completarse con el personal funcionario, se solicitará a la Consejería de Educación que estos puestos sean cubiertos por monitores/as.

El personal de atención al alumnado en el Comedor E. será el siguiente:

  • Para el alumnado de segundo ciclo de E. Infantil, por cada quince comensales o fracción superior a diez, una persona.
  • Para el alumnado de E. Primaria, por cada veinticinco comensales, o fracción superior a veinte, una persona.

Durante el presente curso, serán atendido por  5 monitores/as contratados por  una empresa externa adjudicada desde la Delegación de Educación.

 

  1. MENÚS.

Según recoge el artículo 15 de la orden del 17 de abril de 2017, el menú escolar se rige por la siguientes normas:

  1. En el diseño y programación de los menús deberá tenerse en cuenta las  recomendaciones y orientaciones dietéticas conforme a lo dispuesto en la normativa  vigente sobre seguridad alimentaria y nutrición para que la organización de los mismos  responda a una alimentación equilibrada y saludable.
  2. El menú será el mismo para todos los comensales que hagan uso del servicio. No obstante, se ofrecerán menús alternativos para aquel alumnado del centro que, por problemas de salud, intolerancia a algunos alimentos u otras circunstancias debidamente justificadas, lo requieran.
  3. Con la finalidad de que las familias puedan completar el régimen alimenticio de sus hijos e hijas, de acuerdo con los criterios de una alimentación equilibrada y saludable, la programación de los menús se expondrá mensualmente en el tablón de anuncios del centro y se dará a conocer a los guardadores del alumnado usuario del comedor escolar.

 

  1. NORMAS DEL COMEDOR

 

El Comedor Escolar contribuirá al proceso de formación integral de todos los alumnos y alumnas:

  • Creando hábitos sanos de alimentación, higiene y buenos modales en la mesa, posturas, correcta utilización del menaje de comedor…
  • Fomentando la colaboración y buenas relaciones entre los compañeros y personal del comedor.
  • Respetando los materiales y los espacios.
  • Cumpliendo las normas y sugerencias del personal encargado del mismo:
  1. Es obligatorio consumir el menú establecido para el día; sólo hay excepciones en los casos de alergias, u otro tipo de problemas que tengan justificación médica. Así mismo se respetará la prohibición de algunos alimentos de otras culturas.
  2. Se entregará a cada familia las cinco semanas que compone el menú mensual con recomendaciones para la cena, previamente supervisado por una nutricionista.
  3. Se sugiere a las familias que revisen este menú para que cuando vean que en un determinado día su hijo/a no toman esos determinados alimentos, se abstengan de hacer uso ese día del Servicio.
  4. La monitora de Infantil recogerá a los niños/as de Infantil de tres años y después de lavarles  las manos los llevará al Comedor.

 

  1. El alumnado de 4 y 5 años se lavarán las manos en sus respectivos aseos y pasarán a las 14 horas al Comedor Escolar.

 

  1. El alumnado de Infantil estarán controlados en el Comedor por la monitora escolar y por y monitor/a encargados del Comedor que corresponda según lo establecido en los puntos anteriores..

 

  1. Todo el alumnado de Primaria, antes de terminar las clases, se lavarán las manos en sus aseos correspondientes usando adecuadamente dichos servicios y a las 14 horas se irán a la puerta del gimnasio para depositar las mochilas   e irán entrando, por orden de lista ordenadamente al comedor a su sitio correspondiente

 

  1. El personal colaborador distribuirán  la comida correspondiente a cada comensal.

 

  1. Ningún niños/as se levantará de su mesa hasta que tenga el permiso de alguna de las personas encargadas.

 

  1. Para el alumnado de Primaria, habrá un encargado de cada mesa, el cual será el que retirará el 1º y 2º plato una vez que haya terminado la mayoría de los comensales de su mesa y tenga el permiso del encargado de Comedor. Este cargo será rotativo por semana.

 

  1. Cada niños/as dejará su sitio limpio y la silla colocada debajo de la mesa.
  2. El/la niños/as que rompa o deteriore algo tendrá que reponerlo.

 

  1. Los padres/madres o familiares que vengan a recoger a los niños/as usuarias del Comedor, esperarán a la apertura de la cancela a las 14:45h, no se puede acceder por el pasillo interior del módulo. Una vez en el recinto del centro recogerán al alumnado:
  • En la puerta de entrada al módulo de Infantil, alumnado de E. Infantil.
  • En la puerta trasera del gimnasio, el alumnado de E. Primaria.

 

  1. El alumnado de Primaria, cuando terminen de comer y no tengan ninguna actividad por la tarde, se marcharán a su casa y no se quedarán en el patio del Colegio, siempre que cuente con una autorización de su familias para poderse ir solo.
  2. Durante el tiempo que permanezcan en el horario de comedor, los/as alumnos/as no podrán salir del Centro y estarán en los lugares señalados previamente.

 

  1. Los padres/madres tienen la obligación de avisar al Centro si su hijo/a no puede tomar algún tipo de alimento y traer la justificación pertinente.

 

  1. El día que el/la niño/a no venga a clase no podrá venir tampoco al Comedor.

 

  1. El día que un niño/a no venga al Comedor tendrá que comunicarlo al tutor/a. Si no avisa tendrá que pagar la comida de ese día.

 

  1. Los/as niños/as de Primaria que se incorporen al Colegio antes del recreo, una vez pasada la lista, deben avisar a la cocinera para que cuenten con ellos/as para comer ese día. Los padres/madres de Infantil deben comunicarlo a la tutora para que ésta lo comunique a la cocinera.

 

  • Las normas de convivencia dentro del Comedor estarán regidas por el Decreto 328/2010 por el que se regulan los derechos y deberes del alumnado y por las establecidas en el Centro.

 

  1. Todas las incidencias que se produzcan en el Comedor, serán recogidas en el “cuaderno de incidencias” y comunicadas a la Dirección del centro.

 

  1. PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE USUARIO

 

  1. Para poder ser usuario en el servicio de Comedor, el alumnado estará libre de impagos del curso anterior.
  2. Para hacer uso del Servicio del Comedor, el alumnado debe comer el Menú establecido, si no hay motivos de alergias. De observar que algún comensal deja repetidamente el Menú, se le comunicará a la familia para que deje de utilizar este servicio.
  3. El pago del Comedor se realizará mensualmente mediante domiciliación bancaria obligatoriamente en la 1ª semana de cada mes.
  4. El alumnado causará baja en algunos de los servicios complementarios cuando:
  • se produzca el impago de dos recibos consecutivos previa comunicación de la persona que ejerce la dirección del Centro a los representantes legales de los alumnos/as.
  • Esté cinco días consecutivos sin hacer uso de este Servicio, sin causa justificada, previo aviso a los padres/madres por parte de la Dirección del Centro.
  1. La solicitud de baja en el servicio de comedor escolar, se comunicará con una antelación de, al menos, una semana del inicio del mes en que se pretenda hacer efectiva la baja.

 

                                                                                                                              Beas octubre 2017

 

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