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Aula Matinal

SERVICIO DE AULA MATINAL

El Aula Matinal del CEIP Juan Ramón Jiménez dispone de 60 plazas autorizadas. Se aceptan todas las solicitudes, pero si el número de solicitantes supera esta cifra, la admisión de los usuarios, se realizará de acuerdo con el orden de preferencia que establece la Orden del 3 de Agosto, por la que se regulan los servicios complementarios Comedor, Aula Matinal y Actividades Extraescolares y modificada por la Orden del 31 de julio de 2012

El orden de preferencias en la adjudicación de las plazas son:

  • Alumnado cuyos representantes legales o en el caso de familia monoparental, el representante legal, realicen una actividad laboral remunerada y no pueden atender a sus hijos/as en el horario de aula matinal
  • Alumnado en el que uno de sus representantes legales realice una actividad laboral remunerada y no pueda atender a sus hijos/as en el horario de aula matinal.
  • En caso que no se pueda atender al alumnado incluido en los puntos anteriores, la admisión se regirá por los siguientes criterios:
    • El alumnado solicitante que haya sido usuario del servicio del aula matinal en el curso anterior.
    • El alumnado de menor edad.
  • El alumnado que solicite las plazas en el periodo de matriculación en Mayo/Junio, tendrán preferencia, si ya han sido admitidos porque hubieran plazas disponibles.

 

El orden de admisión se decidirá aplicando con carácter sucesivo los anteriores criterios y si fuese necesario, se realizará un sorteo público ante el Consejo Escolar del Centro.

En cualquier caso, cuando sea admitido un solicitante, serán admitidos también los hermanos/as que hayan solicitado el servicio de Aula Matinal.

PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE USUARIO

  1. Para poder ser usuario en el servicio de Aula Matinal, el alumnado estará libre de impagos del curso anterior.
  2. El pago del Comedor se realizará mensualmente mediante domiciliación bancaria obligatoriamente en la 1ª semana de cada mes.
  3. El alumnado causará baja en algunos de los servicios complementarios cuando:
  • Se produzca el impago de dos recibos consecutivos previa comunicación de la persona que ejerce la dirección del Centro a los representantes legales de los alumnos/as.
  • Esté cinco días consecutivos sin hacer uso de este Servicio, sin causa justificada, previo aviso a los padres/madres por parte de la Dirección del Centro.
  1. La solicitud de baja en el servicio de comedor escolar, se comunicará con una antelación de, al menos, una semana del inicio del mes en que se pretenda hacer efectiva la baja.

ATENCIÓN AL ALUMNADO USUARIOS DEL AULA MATINAL

1. La atención al alumnado en el aula matinal se realizará por personal que, al menos, esté en posesión de alguno de los siguientes títulos de Formación Profesional:
a) Técnico Superior en Educación Infantil, en AnimaciónSociocultural, en Integración Social o titulación equivalente a efectos profesionales.
b) Técnico en Atención Sociosanitaria o titulación equivalente a efectos profesionales.
2. El aula matinal que atienda hasta 60 alumnos o alumnas dispondrá de un Técnico Superior y un Técnico de los que
se indican en las letras a) y b) del apartado 1.
3. Cuando el número de alumnos y alumnas del aula matinal sea superior a 60, por cada 30 alumnos o alumnas o
fracción se incrementará, alternativamente, con un Técnico Superior o un Técnico de los que se indican en las letras a) y b) del apartado 1